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Tres modelos de acción tokenizada, según la SEC

El regulador de valores de Estados Unidos distingue el token que emite la propia empresa, el de custodia y el sintético. Lo que cambia es qué puedes reclamar, y a quién.

Escrito por Equipo de TokenizadasPublicado

Qué entiende la SEC por valor tokenizado

La SEC es la autoridad de valores de Estados Unidos. En su sitio para inversionistas, Investor.gov, define los valores tokenizados como instrumentos financieros, por ejemplo acciones, bonos o participaciones de fondos, que tienen el formato de un criptoactivo o están representados por uno, registrado en una blockchain.

La página no trata las «acciones tokenizadas» como una sola cosa. Describe tres modelos, y lo que los separa es qué derechos tiene quien posee el token.

Los tres modelos

En el primero, la propia empresa, o su agente, emite el valor directamente en una blockchain. Según la SEC, ese valor lleva los mismos derechos que una acción tradicional de la misma clase: voto, dividendos, propiedad. Hay una salvedad: el valor tokenizado puede ser de una clase distinta a las emitidas en forma tradicional.

En el segundo, que la SEC llama de custodia, el token representa un interés indirecto del titular en la acción. La página dice que el titular recibe los mismos derechos, obligaciones y beneficios que un accionista tradicional, y que tener el token equivale, en esencia, a tener la acción a través de un intermediario, como un bróker.

En el tercero, el sintético, un tercero emite un valor vinculado o un derivado que da exposición a la acción de otra empresa. El precio del token cambia con el de la acción, pero el inversionista no tiene reclamos ni derechos frente a esa empresa. Sus derechos, dice la SEC, pueden diferir de forma significativa de los de un dueño tradicional.

Los tres modelos, según la página de la SEC
ModeloQué representa el tokenDerechos del titular
De la propia empresaEl valor mismo, emitido por la empresa o su agenteLos de una acción tradicional de la misma clase
De custodiaUn interés indirecto en la acciónLos de un accionista tradicional, como al tener la acción con un bróker
SintéticoUn valor vinculado o un derivado emitido por un terceroPueden diferir mucho; ninguno frente a la empresa

Por qué importa la diferencia

Los tres pueden llevar el mismo nombre de empresa y un símbolo parecido. En una pantalla se ven iguales. La diferencia aparece cuando preguntas qué puedes reclamar, y a quién.

Con un token sintético, tu contraparte es quien emite el token, no la empresa. Con uno de custodia, la pregunta es cómo se establece ese interés sobre la acción y quién la guarda. Con uno de la propia empresa, de qué clase es el valor.

Eso no vuelve seguro a un modelo e inseguro a otro. Los tres siguen el precio de una acción que puede caer, y cada uno depende de quienes lo emiten, lo guardan y operan su contrato. La guía de riesgos los repasa uno por uno.

Qué dice sobre la regulación

La página recuerda que el 17 de marzo de 2026 la SEC publicó una interpretación sobre los criptoactivos. Según esa interpretación, los valores tokenizados son valores: están sujetos a la regulación de la SEC y a sus protecciones al inversionista. La misma interpretación deja fuera de esa categoría a otros criptoactivos, como las materias primas digitales y las stablecoins de pago que define la ley de Estados Unidos.

Hay dos límites. El texto expresa la opinión del personal de la oficina de educación al inversionista; él mismo aclara que no es una regla ni una declaración de la Comisión y que no tiene fuerza legal. Y habla del derecho de Estados Unidos. Si no estás allí, la ley que rige tu token puede ser otra: es la primera pregunta de cada ficha de la comparación de emisores.

Cómo ubicar un token en este mapa

La SEC no clasifica emisores en esa página, y aquí tampoco lo hacemos. Para saber frente a cuál de los tres modelos estás, busca tres respuestas en el documento del emisor. Si prefieres empezar por lo básico, la guía de qué son explica por qué el documento manda.

  • Quién emite el token: la empresa cuya acción sigue, o un tercero.
  • Qué representa: la acción misma, un interés sobre una acción que guarda alguien, o un instrumento que solo sigue su precio.
  • Qué puedes reclamar y a quién: voto, dividendos, rescate.